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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la norma de la Ciudad de México que otorga en automático a las madres la custodia provisional de menores de 12 años de edad en los juicios de divorcio en los que no hay convenio entre las partes.
Los ministros resolvieron que la interpretación del artículo 282 del Código Civil de la Ciudad de México era equivocada, al igual que los del resto del país que tenían como máxima otorgar en automático a las madres la custodia de los niños, salvo cuando hubiera violencia intrafamiliar generada por ella.
“No existe evidencia científica para determinar que resulta más benéfico para un menor permanecer al lado de su madre en el caso de que sus padres decidan interrumpir la cohabitación”, indica el dictamen aprobado este jueves por el máximo tribunal.